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Consultar abogado¿Qué es la herencia?
La herencia es una figura del derecho civil que permite la transmisión del patrimonio de una persona que ha fallecido (el de cujus) a una o varias personas llamadas herederos o legatarios. Esta transmisión ocurre mediante un acto jurídico conocido como sucesión, que puede ser testamentaria (cuando hay testamento) o sucesión legítima (cuando no lo hay).
En términos sencillos, heredar significa recibir lo que deja una persona al morir. Puede tratarse de bienes muebles o inmuebles, dinero, derechos (como usufructos o rentas), y también deudas.
La herencia tiene una profunda importancia social y económica, ya que garantiza la continuidad del patrimonio familiar y permite distribuir los bienes de una persona conforme a su voluntad o, en su defecto, conforme al orden legal establecido.
¿Dónde se regula la herencia?
En México, la herencia está regulada principalmente en el Código Civil Federal, específicamente en el Libro Cuarto, que trata “De las Sucesiones”. Este libro abarca desde el artículo 1281 hasta el 1791, y se divide en varios títulos que tratan temas como:
- Disposiciones generales sobre las sucesiones.
- Sucesión testamentaria.
- Sucesión legítima.
- Apertura y administración de la herencia.
- Partición de la herencia.
- Nulidad de testamentos.
- Aceptación y repudiación de la herencia.
Además del Código Civil Federal, existen Códigos Civiles locales en cada entidad federativa que siguen una estructura y contenido similar, aunque pueden variar en algunos aspectos procedimentales. También interviene el Código de Procedimientos Civiles, en lo relativo al juicio sucesorio.
¿Quiénes pueden heredar en México?
Según el artículo 1305 del Código Civil Federal, pueden heredar todas las personas que no estén legalmente incapacitadas para hacerlo. Esto incluye:
- Personas físicas con capacidad jurídica plena.
- Personas concebidas pero no nacidas (nasciturus), siempre que nazcan vivos.
- Personas morales, en los casos que permite la ley.
También existen causas de incapacidad para heredar, por ejemplo:
- Haber cometido homicidio doloso en contra del autor de la herencia.
- Haber ejercido violencia física o moral para que el testador otorgue, modifique o revoque su testamento.
- Haber sido condenado por delitos graves contra el testador o sus bienes.
El Código Civil Federal establece que:
Todos los habitantes del Distrito Federal de cualquier edad que sean, tienen capacidad para heredar, y no pueden ser privados de ella de un modo absoluto; pero con relación a ciertas personas y a determinados bienes, pueden perderla por alguna de las causas siguientes:
I. Falta de personalidad;
II. Delito;
III. Presunción de influencia contraria a la libertad del testador, o a la verdad o integridad del testamento;
IV. Falta de reciprocidad internacional;
V. Utilidad pública;
VI. Renuncia o remoción de algún cargo conferido en el testamento
En casos de duda, los jueces valoran si existe o no capacidad para heredar.
¿Qué tipos de sucesión existen?
En el derecho mexicano existen dos formas de suceder a una persona:
1. Sucesión testamentaria
Es la que ocurre cuando el difunto dejó un testamento válido, en el cual expresa su voluntad sobre quiénes deben recibir sus bienes. Este tipo de sucesión tiene preferencia sobre la legítima.
El testamento puede ser ordinario o especial. Dentro de los testamentos ordinarios encontramos:
- Público abierto, hecho ante notario.
- Público cerrado, escrito por el testador o por otra persona y entregado cerrado ante notario.
- Público simplificado, que se firma ante notario en la escrituración de una vivienda, quedando incorporado en la misma escritura.
- Testamento ológrafo, escrito de puño y letra del testador y depositado en el Archivo General de Notarías.
Dentro de los testamentos especiales encontramos: el militar, el marítimo y el hecho en un país extranjero.
2. Sucesión legítima o intestada
Ocurre cuando no hay testamento, cuando éste es nulo o cuando no dispone de todos los bienes del autor de la herencia. En este caso, la ley establece un orden de preferencia entre los parientes del fallecido:
Tienen derecho a heredar por sucesión legítima:
I. Los descendientes, cónyuges, ascendientes, parientes colaterales dentro del cuarto grado y la concubina o el concubinario, si se satisfacen en este caso los requisitos señalados por el artículo 1635.
II. A falta de los anteriores, la beneficencia pública.
¿Cómo se acepta o repudia una herencia en México?
Según el artículo 1652 del Código Civil Federal, el derecho de reclamar la herencia prescribe (se pierde) en diez años y es transmisible a los herederos.
Al comienzo del procedimiento sucesorio se le conoce como denuncia de la herencia. Pueden denunciar la herencia: los herederos o sus representantes (padres o tutores, administradores, apoderados y/o gerentes cuando sean personas morales) así como las personas con quienes el autor de la herencia tuviera algún adeudo.
El Código Civil establece que nadie está obligado a aceptar una herencia. La aceptación puede hacerse de manera expresa (por escrito o mediante actos formales) o tácita (cuando el heredero actúa como dueño del bien heredado).
Ninguno puede aceptar o repudiar la herencia en parte, con plazo o condicionalmente.
La herencia se puede rechazar, a esto se le llama repudio, el cual debe hacerse ante un juez o bien ante un notario público. La ley establece ciertas reglas para dicho acto, siendo las más importantes que el repudio no se puede hacer parcialmente, es decir es sobre toda la herencia; que no se puede repudiar la herencia hasta que fallezca el autor de la misma y, por último, la renuncia es irrevocable.
La aceptación y la repudiación, una vez hechas, son irrevocables, y no pueden ser impugnadas sino en los casos de dolo o violencia.
¿Qué es el juicio sucesorio en México?
El juicio sucesorio es el procedimiento legal mediante el cual se lleva a cabo la apertura, administración y distribución de una herencia. Puede tramitarse ante notario o ante juez, dependiendo del caso.
Este juicio consta de cuatro etapas principales:
- Sucesión: reconocimiento de los herederos y apertura de la sucesión.
- Inventario y avalúo: se identifican y valoran los bienes que integran la herencia.
- Administración: se administra el patrimonio hasta que se resuelvan deudas y derechos.
- Partición: se reparten los bienes entre los herederos según lo que les corresponda.
En caso de controversias (por ejemplo, impugnación del testamento o desacuerdo en la partición), el juicio puede alargarse considerablemente y requerir intervención judicial.
¿Qué bienes se heredan en México?
Los bienes que forman parte de una herencia pueden incluir:
- Bienes inmuebles, como casas, terrenos o departamentos.
- Bienes muebles, como vehículos, muebles, joyas, obras de arte.
- Derechos reales, como usufructo, uso o habitación.
- Derechos personales, como créditos, rentas, pensiones o acciones.
- Obligaciones, como deudas, hipotecas o contratos pendientes.
Sin embargo, no todos los derechos y obligaciones son transmisibles. Por ejemplo, derechos personalísimos como el uso exclusivo de una pensión alimenticia o una indemnización por daño moral no se heredan.
¿Cuál es la diferencia entre herencia y donación?
No hay que confundir la herencia con la donación, coloquialmente conocida como heredera en vida. Las diferencias fundamentales entre estas serían:
- En primer lugar, la herencia solo se puede hacer por la muerte del autor de la sucesión, mientras que la donación es por la voluntad de las partes.
- Y en segundo lugar, una donación no puede hacerse a título universal (por todo el patrimonio de quien dona) a diferencia de la herencia.
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