Te han solicitado constantemente tu estado civil a lo largo de tu vida en distintos trámites.
El estado civil es un concepto legal. En la legislación civil mexicana, dentro del Código Civil Federal, podemos encontrar que la única forma en la que se puede demostrar es a través de un acta expedida por el Registro Civil.

Una persona que acaba de contraer matrimonio adquiere el estado civil de casado.
Cada Estado tiene su propio Código en el que no podrán ir en contra del Federal, pero si pueden legislar de manera adicional en lo que no contravenga.
El estado civil puede ser: soltero, casado, divorciado, separación en proceso judicial, viudo y concubinato.
Para distintos juristas solamente se deberían reconocer dos estados: soltero y casado. Esto es debido a que el ciudadano está en el derecho de no dar explicaciones respecto al motivo por el cual no se encuentra casado.
Independientemente de lo anterior, éste es la diferencia en cada uno de los estados mencionados:
- Soltero: Una persona que nunca ha adquirido matrimonio civil y no vive con una pareja en las condiciones establecidas para el concubinato.
- Casado: Una persona que ha adquirido matrimonio civil y no ha iniciado un proceso de divorcio.
- Divorciado: Una persona casada que ha concluido un trámite judicial de divorcio con una sentencia irrevocable.
- Separación en proceso judicial: Como su nombre lo indica, una persona casada que se encuentra en trámite de divorcio.
- Viudo: Una persona casada cuyo cónyuge ha fallecido.
- Concubinato: Dos personas que viven como pareja en un tiempo determinado por la ley, sin tener otra pareja.
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