Denuncia

​​​Una denuncia es el acto en el cual una persona comunica a una autoridad competente acerca de un evento o situación que considera contraria a la ley, injusta o perjudicial. Es una declaración formal que se presenta ante las autoridades con el propósito de que se realice una investigación y se tomen las medidas apropiadas.

Estas denuncias pueden ser presentadas tanto por personas que han sido afectadas directamente por un delito o falta, como por aquellos que han sido testigos del mismo. Los hechos denunciados pueden abarcar desde delitos graves como robos, agresiones o fraudes, hasta infracciones menores, como violaciones de normas de tráfico.

Deber de denunciar

Según el artículo 222 del Código Nacional de Procedimientos Penales de México, cualquier individuo que tenga conocimiento de un posible delito está obligado a denunciarlo ante el Ministerio Público o, en situaciones urgentes, ante la Policía.

Lo mismo se aplica a los funcionarios públicos, quienes deben informar de inmediato al Ministerio Público y proporcionar detalles, incluso entregando a los sospechosos detenidos en flagrancia. No cumplir con esta responsabilidad conlleva sanciones, aunque hay excepciones, como si son familiares cercanos del implicado.

Los servidores públicos que colaboren con la seguridad pública deben asegurar la preservación del lugar del suceso y brindar asistencia médica cuando sea necesario, además de poner a disposición a los detenidos en coordinación con la policía.

Consideraciones previas

El Artículo 118 establece que las denuncias y querellas pueden ser presentadas verbalmente o por escrito, describiendo los hechos sin calificarlos jurídicamente y siguiendo los términos del derecho de petición. Si no cumplen con los requisitos, el funcionario debe solicitar su modificación.

Además, se informa al denunciante sobre la importancia legal del acto, las penas por denuncias falsas y los procedimientos según el delito. Las denuncias verbales deben registrarse en un acta, y tanto las verbales como las escritas deben llevar la firma o huella digital del denunciante y su domicilio.

Contenido de la denuncia

Según el Artículo 223 del Código Nacional de Procedimientos Penales, la denuncia puede realizarse mediante cualquier medio y, a menos que sea anónima o confidencial, debe contener la identificación del denunciante, su dirección, una descripción detallada de los hechos, la identificación de los presuntos responsables y de los testigos o personas con información relevante.

Por otro lado, se deben incluir todos los datos que el denunciante tenga sobre el caso. Si la denuncia se presenta de forma oral, se debe hacer un registro en presencia del denunciante, quien debe firmar junto con el servidor público que la reciba. En el caso de una denuncia escrita, el denunciante debe firmarla. Si el denunciante no puede firmar, se le permite estampar su huella digital después de que se le lea la denuncia.

Procedimiento

El Artículo 224 dice que, si la denuncia es presentada directamente ante el Ministerio Público, éste iniciará la investigación de acuerdo con las normas de este Código. En cambio, si la denuncia es presentada ante la Policía, los agentes informarán de inmediato al Ministerio Público y llevarán a cabo diligencias urgentes si es necesario.

No obstante, la Policía también debe reportar posteriormente al Ministerio Público todas las acciones tomadas en relación con la denuncia.

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