La insubordinación es la negativa a obedecer órdenes legales o a la autoridad establecida. Se refiere al comportamiento de individuos o grupos que se resisten a seguir las instrucciones, reglas o regulaciones impuestas por una figura de autoridad superior, ya sea un empleador, supervisor, oficial militar u otra autoridad en una organización.
Dependiendo del contexto, este acto puede constituir un delito o una infracción sujeta a sanciones.
Tipos de insubordinación
Hay dos tipos de insubordinación que suelen ser considerados por la ley:
El primero es el ámbito laboral, donde la insubordinación se considera una violación del contrato laboral o del código de conducta de una organización y puede dar lugar a medidas disciplinarias, como advertencias, suspensiones o despidos.
El segundo es en el ámbito militar, donde la insubordinación puede implicar la falta de obedecer órdenes directas de superiores jerárquicos.
Insubordinación laboral
En México, según el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, la insubordinación constituye una causa de rescisión de la relación laboral sin responsabilidad para el patrón.
Es decir, si un trabajador desobedece al patrón sin una razón justificada y en el contexto del trabajo para el cual fue contratado, el patrón puede rescindir el contrato laboral sin incurrir en ninguna responsabilidad legal.
Lo mismo sucede con la negativa del trabajador a adoptar medidas preventivas o seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades en el lugar de trabajo.
Insubordinación militar
En el contexto militar la insubordinación es un tema más delicado. Según el artículo 283 del Código de Justicia Militar, se considera insubordinación cualquier falta de respeto o sujeción debida a un superior por parte de un militar, expresada a través de palabras, ademanes, señas, gestos u otras formas de comunicación. Este delito puede ocurrir tanto dentro como fuera del servicio militar.
Penas aplicables por el delito de insubordinación militar
En situaciones de insubordinación en servicio, las penas se determinan de acuerdo con la gravedad de la acción. Si se trata de expresiones verbales, gestos u otras formas de comunicación que no impliquen violencia física, la condena es de un año y seis meses de prisión. En caso de amenazas, la pena se eleva a tres años de prisión. Cuando la insubordinación conduce a acciones físicas sin causar lesiones graves, la pena es de cinco años de prisión.
Si hay lesiones causadas por el acto de insubordinación y estas son temporales y no causan incapacidades permanentes importantes, la pena puede ser de seis a siete años de prisión. Sin embargo, si las lesiones resultan en incapacidades permanentes como la pérdida de un ojo, una mano, una pierna u otro órgano, la pena puede ser de nueve años de prisión o más. Además, si la insubordinación causa la muerte del superior, la pena puede ir desde treinta a sesenta años de prisión.
Además, el artículo 288 considera situaciones atenuantes. Cuando la insubordinación fue resultado de un maltrato o un tratamiento humillante por parte del superior, las penas pueden ser reducidas a la mitad. Lo mismo ocurre si el militar fue coaccionado para cometer el delito debido a un acto del superior que viola las normativas legales o si el superior abusó de su autoridad.
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