El deber jurídico es una obligación implantada por una norma jurídica que tiene que ser respetada por los ciudadanos. Por lo tanto, este deber restringe la libertad de las personas e implica la existencia de un derecho jurídico en contrapartida. Existirá deber jurídico siempre que el incumplimiento de la norma correspondiente implique algún tipo de sanción o castigo.
¿Cuándo se cumple el deber jurídico?
Cumplir una norma contenida en la ley tiene otras rutas jurídicas. La obligación también se extiende a los pactos contractuales asumidos. Cualquier contrato firmado consta de una serie de pautas que deben ejecutarse.
En este tipo de obligación a partir de los contratos, se genera una situación jurídica. Esto quiere decir que el acreedor tiene el derecho de exigir el cumplimiento de los lineamientos del contrato al deudor. En este último, recae el deber jurídico de cumplir con lo aceptado en el acuerdo contractual.
El deber jurídico puede tener como origen la negligencia o la omisión, en ambos casos no se exime de culpa y, por tanto, de la obligación jurídica a indemnizar.
Hay casos donde la omisión puede formar parte del derecho del ciudadano, pero si el ejercicio de su derecho afecta sin objetivos concretos a un tercero, hay obligación de ejercer un deber jurídico.
Por otro lado, hay situaciones en las que, aun violando la ley, puede eximirse el deber jurídico. Estos son casos en los que la presunta víctima sobre la que se infringe la regla, se encuentran pruebas de que sus acciones fueron una provocación de la defensa ilícita del otro.
Estos casos excepcionales quedan registrados en el artículo 1910 del Código Civil Federal mexicano:
El que obrando ilícitamente o contra las buenas costumbres cause daño a otro, está obligado a repararlo, a menos que demuestre que el daño se produjo como consecuencia de culpa o negligencia inexcusable de la víctima.
Procedimiento básico del deber jurídico
Existe un funcionamiento elemental en los siguientes pasos:
- Una ley o norma jurídica le concede derecho a un sujeto.
- Este derecho se transforma en una obligación al recaer específicamente en otra persona.
- La obligación es lo que se conoce como deber jurídico.
- El incumplimiento de este deber acarrea consecuencias judiciales.
El deber jurídico entonces se trata de una exigencia fundamentada por la ley. El derecho subjetivo de un sujeto que exige, está amparado por el derecho jurídico para obligar a otro a satisfacer su exigencia.
Un ejemplo de ello está en la exigencia de los menores. Estos pueden declarar falta de responsabilidad de sus padres o representantes, pues no cumplen con los deberes que les corresponde.
México y su deber jurídico con los indígenas
Hay obligaciones del Estado en el contexto de la pluralidad y la diversidad de los pueblos. En esos casos, el deber jurídico debe estar fundamentado en ciertos aspectos:
- Instaurar un marco normativo que sea eficiente y efectivo en su cumplimiento.
- Evitar la violación de los derechos humanos por discriminación.
- Supervisar las actividades corporativas que impliquen el uso de territorios indígenas.
- Facilitar mecanismos de integración social sin detrimento de sus costumbres.
- Garantizar el derecho a ser informados, sobre todo, si implica sus prácticas culturales y sus espacios de convivencia.
- Prevenir prácticas ilegales o violentas que pongan en riesgo sus territorios y su integridad humana.
- Ofrecer acceso a la justicia para que los integrantes de una comunidad sean reparados en caso de violaciones a sus derechos humanos.
Estos aspectos están contemplados en la ley. El deber jurídico del Estado mexicano queda expuesto en artículo 4 de la Constitución:
La Nación mexicana tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas. La ley protegerá y promoverá el desarrollo de sus lenguas, culturas, usos y costumbres recursos y formas específicas de organización social y garantizará a sus integrantes el efectivo acceso a la jurisdicción del Estado. En los juicios y procedimientos en que aquellos sean parte, se tomarán en cuenta sus prácticas y costumbres jurídicas en los términos que establezca la ley.
Artículo 4 de la Constitución
En este artículo, el deber jurídico es conciso: el Estado debe evitar quebrantar derechos humanos. Funcionarios de tipo público o privado pueden ser sancionados.
La obligación ante la ley también es considerada cuando se percibe amenaza previa a la violación. Evitar y prevenir son acciones del deber ante los pueblos indígenas. Puesto que, conociendo posibles amenazas y no actuar con los recursos pertinentes, se considerará una falta y una responsabilidad del Estado.
El deber jurídico como fundante de derecho
Jurídicamente, un deber puede fundar derecho de la siguiente manera:
- La obligación de ejecutar una acción, se traduce a su vez en el derecho a ejecutarla. Podría reconocerse como fundamento activo.
- El deber de no realizar o participar en una acción, funda el derecho de omitirla. En este caso podría tratarse de un fundamento pasivo.
Como vemos, los deberes jurídicos pueden ir destinados a la ciudadanía en general, como ocurre con las leyes penales, o solo pueden estar dirigidos hacia ciudadanos concretos. Es importante determinar cuándo se puede incurrir en la violación de una norma por omisión de un deber.
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