Si no se ha realizado la adjudicación y se quiere vender un bien, es necesario que todos los herederos estén de acuerdo. En caso de que la venta sea urgente, el albacea puede solicitar un permiso ante autoridad judicial, quien, si lo estima procedente, emitirá una autorización para llevar a cabo la transacción.
Si el bien ya fue adjudicado, es decir, que ya se escrituró en favor del heredero designado, este sí puede realizar la venta sin necesidad de consentimiento de los otros herederos.
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