La amnistía extingue la acción penal y las sanciones impuestas, excepto la reparación del daño, en los términos de la ley que se dictare concediéndola, y si no se expresaren, se entenderá que la acción penal y las sanciones impuestas se extinguen con todos sus efectos, con relación a todos los responsables del delito.
art 92 cp
- Código Penal Federal
- LIBRO PRIMERO
- TÍTULO QUINTO - De las Causas de Extinción de la Acción Penal
- Capítulo II - Amnistía
- Artículo 92
- Capítulo II - Amnistía
- TÍTULO QUINTO - De las Causas de Extinción de la Acción Penal
- LIBRO PRIMERO
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