Las acciones u omisiones delictivas solamente pueden realizarse dolosa o culposamente.
art 8 cp
- Código Penal Federal
- LIBRO PRIMERO
- TÍTULO PRIMERO - Responsabilidad Penal
- CAPÍTULO I - Reglas generales sobre delitos y responsabilidad
- TÍTULO PRIMERO - Responsabilidad Penal
- LIBRO PRIMERO
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