Artículo 227 del Código Penal

Las disposiciones anteriores se aplicarán a todos los funcionarios o empleados de la administración pública, cuando en el ejercicio de su encargo ejecuten los hechos o incurran en las omisiones expresadas en los propios artículos.

art 227 cp

  • Código Penal Federal
    • LIBRO SEGUNDO
      • TÍTULO DECIMOPRIMERO - Delitos cometidos contra la administración de justicia
        • CAPÍTULO II - Ejercicio indebido del propio derecho

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