Se aplicarán de uno a dos años de prisión y multa de diez a mil pesos: al que, empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se oponga a que la autoridad pública o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista al cumplimiento de un mandato legítimo ejecutado en forma legal.
art 180 cp
- Código Penal
- LIBRO SEGUNDO
- TÍTULO SEXTO - Delitos Contra la Autoridad
- CAPÍTULO I - Desobediencia y resistencia de particulares
- TÍTULO SEXTO - Delitos Contra la Autoridad
- LIBRO SEGUNDO
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