El Reglamento establecerá el sistema conforme al cual deberán llevarse los folios del Registro Público y practicarse los asientos.
La primera inscripción de cada finca será de dominio o de posesión.
art 3059 cc
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO - De las Obligaciones en General
- TERCERA PARTE
- TÍTULO SEGUNDO - Del Registro Público
- CAPÍTULO III - Del Registro de la Propiedad Inmueble y de los Títulos Inscribibles y Anotables
- Del Sistema Registral
- CAPÍTULO III - Del Registro de la Propiedad Inmueble y de los Títulos Inscribibles y Anotables
- TÍTULO SEGUNDO - Del Registro Público
- TERCERA PARTE
- LIBRO CUARTO - De las Obligaciones en General
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