Será nula la transacción que verse:
- Sobre delito, dolo y culpa futuros;
- Sobre la acción civil que nazca de un delito o culpa futuros;
- Sobre sucesión futura;
- Sobre una herencia, antes de visto el testamento, si lo hay;
- Sobre el derecho de recibir alimentos.
art 2950 cc
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO - De las Obligaciones en General
- PARTE SEGUNDA - De las Diversas Especies de Contratos
- TÍTULO DECIMOSEXTO - De las Transacciones
- PARTE SEGUNDA - De las Diversas Especies de Contratos
- LIBRO CUARTO - De las Obligaciones en General
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