El parentesco de consanguinidad es el que existe entre personas que descienden de un mismo progenitor.
En el caso de la adopción plena, se equiparará al parentesco por consanguinidad aquél que existe entre el adoptado, el adoptante, los parientes de éste y los descendientes de aquél, como si el adoptado fuera hijo consanguíneo.
art 293 cc
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO - De las Personas
- TÍTULO SEXTO - Del Parentesco, de los Alimentos y de la Violencia Familiar
- CAPÍTULO I - Del Parentesco
- TÍTULO SEXTO - Del Parentesco, de los Alimentos y de la Violencia Familiar
- LIBRO PRIMERO - De las Personas