El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la ley.
art 24 cc
El artículo 24 del Código Civil forma parte del título dedicado a las personas físicas:
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO - De las Personas
- TÍTULO PRIMERO - De las Personas Físicas
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- TÍTULO PRIMERO - De las Personas Físicas
- LIBRO PRIMERO - De las Personas
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