Cuando los prometidos son menores de edad, los esponsales no producen efectos jurídicos si no han consentido en ellos sus representantes legales.
art 141 cc
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO - De las Personas
- TÍTULO QUINTO - Del Matrimonio
- CAPÍTULO I - De los Esponsales
- TÍTULO QUINTO - Del Matrimonio
- LIBRO PRIMERO - De las Personas
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