Extendida el acta se mandará anotar la de matrimonio de los divorciados y la copia de la declaración administrativa de divorcio se archivará con el mismo número del acta.
art 116 cc
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO - De las Personas
- TÍTULO CUARTO - Del Registro Civil
- CAPITULO VIII - De las Actas de Divorcio
- Artículo 114
- Artículo 115
- Artículo 116
- CAPITULO VIII - De las Actas de Divorcio
- TÍTULO CUARTO - Del Registro Civil
- LIBRO PRIMERO - De las Personas
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