En la servidumbre de paso, el ancho de éste será el que baste a las necesidades del predio dominante, a juicio del juez.
art 1103 cc
- Código Civil
- LIBRO SEGUNDO - De los Bienes
- TITULO SEXTO - De las Servidumbres
- LIBRO SEGUNDO - De los Bienes
En la servidumbre de paso, el ancho de éste será el que baste a las necesidades del predio dominante, a juicio del juez.
art 1103 cc