Artículo 264. Nulidad de la prueba
Se considera prueba ilícita cualquier dato o prueba obtenidos con violación de los derechos fundamentales, lo que será motivo de exclusión o nulidad.
Las partes harán valer la nulidad del medio de prueba en cualquier etapa del proceso y el juez o Tribunal deberá pronunciarse al respecto.
art 264 cnpp
- Código Nacional de Procedimientos Penales
- LIBRO SEGUNDO. Del Procedimiento
- TÍTULO IV. De los datos de prueba, medios de prueba y pruebas
- Capítulo Único: Disposiciones comunes
- TÍTULO IV. De los datos de prueba, medios de prueba y pruebas
- LIBRO SEGUNDO. Del Procedimiento
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