Artículo 965 de la Ley Federal del Trabajo
El actor puede pedir la ampliación del embargo:
I. Cuando no basten los bienes embargados para cubrir las cantidades por las que se despachó ejecución, después de rendido el avalúo de los mismos; y
II. Cuando se promueva una tercería y se haya dictado auto admisorio.
El Tribunal podrá decretar la ampliación si, a su juicio, concurren las circunstancias a que se refieren las fracciones anteriores, sin ponerlo en conocimiento del demandado.
art 965 LFT
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Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO QUINCE. Procedimientos de ejecución
- Capítulo I
- Sección Segunda: Del procedimiento del embargo
- Capítulo I