Artículo 537 de la Ley Federal del Trabajo
El Servicio Nacional de Empleo tendrá los siguientes objetivos:
I. Estudiar y promover la operación de políticas públicas que apoyen la generación de empleos;
II. Promover y diseñar mecanismos para el seguimiento a la colocación de los trabajadores;
III. Organizar, promover y supervisar políticas, estrategias y programas dirigidos a la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores;
IV. Registrar las constancias de habilidades laborales;
V. Vincular la formación laboral y profesional con la demanda del sector productivo;
VI. Diseñar, conducir y evaluar programas específicos para generar oportunidades de empleo para jóvenes y grupos en situación vulnerable; y
VII. Coordinar con las autoridades competentes el régimen de normalización y certificación de competencia laboral.
art 537 LFT
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Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO ONCE. Autoridades del trabajo y servicios sociales
- Capítulo IV: Del servicio nacional de empleo