Artículo 274 de la Ley Federal del Trabajo
Los sindicatos proporcionarán a los patrones una lista pormenorizada que contenga el nombre y la categoría de los trabajadores que deben realizar las maniobras, en cada caso.
art 274 LFT
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Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO SEXTO. Trabajos especiales
- Capítulo VII: Trabajo de maniobras de servicio público en zonas bajo jurisdicción federal