Artículo 153-L de la Ley Federal del Trabajo
El Titular del Ejecutivo Federal fijará las bases para determinar la forma de designación de los miembros de la Comisión Nacional de Concertación y Productividad, así como las relativas a su organización y funcionamiento. Sujetándose a los principios de representatividad e inclusión en su integración.
En la toma de decisiones de la Comisión Nacional de Concertación y Productividad se privilegiará el consenso.
art 153-L LFT
Encuentra un abogado
Te ayudamos a encontrar al mejor abogado para ti. Elige de nuestro listado de abogados el que más se ajuste a tus necesidades.
Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO CUARTO. Derechos y obligaciones de los trabajadores y de los patrones
- Capítulo III bis: De la productividad, formación y capacitación de los trabajadores
- Artículo 153-F Bis
- Artículo 153-A
- Artículo 153-B
- Artículo 153-C
- Artículo 153-D
- Artículo 153-E
- Artículo 153-F
- Artículo 153-G
- Artículo 153-H
- Artículo 153-I
- Artículo 153-J
- Artículo 153-K
- Artículo 153-L
- Artículo 153-M
- Artículo 153-N
- Artículo 153-O
- Artículo 153-P
- Artículo 153-Q
- Artículo 153-R
- Artículo 153-S
- Artículo 153-T
- Artículo 153-U
- Artículo 153-V
- Artículo 153-W
- Artículo 153-X
- Capítulo III bis: De la productividad, formación y capacitación de los trabajadores