Artículo 343 ter del Código Penal Federal
Se equipara a la violencia familiar y se sancionará con seis meses a cuatro años de prisión al que realice cualquiera de los actos señalados en el artículo anterior en contra de la persona que esté sujeta a la custodia, guarda, protección, educación, instrucción o cuidado de dicha persona.
art 343 ter CPF
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- LIBRO SEGUNDO
- TÍTULO DECIMONOVENO. Delitos contra la vida y la integridad corporal
- Capítulo Octavo: Violencia familiar
- Artículo 343 bis
- Artículo 343 ter
- Artículo 343 ter 2
- Artículo 343 quáter
- Capítulo Octavo: Violencia familiar
- TÍTULO DECIMONOVENO. Delitos contra la vida y la integridad corporal