Artículo 638 del Código Civil Federal
La acción para pedir la nulidad, prescribe en los términos en que prescriben las acciones personales o reales, según la naturaleza del acto cuya nulidad se pretende.
art 638 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO. De las personas
- TÍTULO NOVENO. De la tutela
- Capítulo XVI: Del estado de interdicción
- TÍTULO NOVENO. De la tutela