Artículo 2213 del Código Civil Federal
Hay novación de contrato cuando las partes en él interesadas lo alteran substancialmente substituyendo una obligación nueva a la antigua.
art 2213 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO QUINTO. Extinción de las obligaciones
- Capítulo IV: De la novación
- TÍTULO QUINTO. Extinción de las obligaciones