Artículo 1877 del Código Civil Federal
La propiedad de los documentos civiles que sean al portador, se transfiere por la simple entrega del título.
art 1877 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO PRIMERO. Fuentes de las obligaciones
- Capítulo II: De la declaración unilateral de la voluntad
- TÍTULO PRIMERO. Fuentes de las obligaciones