Artículo 1286 del Código Civil Federal
Cuando toda la herencia se distribuya en legados, los legatarios serán considerados como herederos.
art 1286 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO TERCERO. De las sucesiones
- TÍTULO PRIMERO. Disposiciones preliminares
Cuando toda la herencia se distribuya en legados, los legatarios serán considerados como herederos.
art 1286 CCF