Artículo 1133 del Código Civil Federal
Si entre los propietarios hubiere alguno contra quien por leyes especiales no pueda correr la prescripción, ésta no correrá contra los demás.
art 1133 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO SEGUNDO. De los bienes
- TÍTULO SEXTO. De las servidumbres
- Capítulo IX: De la extinción de las servidumbres
- TÍTULO SEXTO. De las servidumbres