Artículo 1045 del Código Civil Federal
El impedimento temporal por caso fortuito o fuerza mayor, no extingue el usufructo, ni da derecho a exigir indemnización del propietario.
art 1045 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO SEGUNDO. De los bienes
- TÍTULO QUINTO. Del usufructo, del uso y de la habitación
- Capítulo IV: De los modos de extinguirse el usufructo
- TÍTULO QUINTO. Del usufructo, del uso y de la habitación