La conocida popularmente como maternidad subrogada o vientre de alquiler, es la gestación subrogada por un método de reproducción asistida que se caracteriza porque la mujer que gesta al bebé no será finalmente su madre.
Esta técnica compleja tanto en lo ético como en lo emocional, rompe con parámetros tradicionales sobre cómo se conforma una familia.

La gestación o maternidad subrogada es un método de reproducción asistida que se caracteriza porque la mujer que gesta al bebé no será finalmente su madre.
En España esta práctica está prohibida por Ley 14/2006 y en la práctica quienes desean una gestación subrogada deben viajar al extranjero para poder lograrla.
En la gestación subrogada una mujer, que es la gestante, accede a gestar en su vientre a un hijo de otra persona o de otra pareja. Estas personas se llaman padres de intención.
Si fuera posible, tanto el óvulo como el espermatozoide son aportados por los padres de intención, para que el hijo biológicamente sea suyo. Si no fuera factible el aporte genético de una madre de intención, se recomienda que se recurra a una madre donante.
Se considera como situación ideal que la gestante solo aporte su útero para mantener el proceso de embarazo y poder dar a luz al bebé.
Después del nacimiento se entrega el niño a los padres de intención, previo contrato con las partes, y mediante el cual la gestante renuncia al derecho a la maternidad.
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Consultar abogadoTipos de gestación o maternidad subrogada
Se consideran distintos tipos de gestación, dependiendo de cómo se alcance el embarazo de la gestante por sustitución:
- Gestación subrogada tradicional o parcial: la mujer gestante aporta también la carga genética. Se realiza en general por inseminación artificial con el material genético del padre o por fecundación in vitro con los óvulos de la gestante.
- Gestación subrogada gestacional o completa: la gestante no aporta su material genético, sino que la dotación genética proviene de la futura madre o de una donante de óvulos.
- Gestación subrogada por esterilidad estructural o constitucional: donde no es posible que ninguno de los futuros padres aporte su material genético por problemas en su anatomía.
En la actualidad se trata de evitar la forma tradicional, ya que implica una vinculación mayor con el bebé gestado. Se intenta que sea la futura madre quien aporte sus óvulos, y si no hubiera una madre, se recurre a la donación de óvulos.
En la mayoría de los centros de salud donde se realizan estas prácticas de gestación subrogada solo se permite la realización de la gestación completa.
En qué casos se necesita realizar
Las personas recurren a la gestación subrogada siendo parejas heterosexuales ante las siguientes situaciones:
- Ausencia de útero en la mujer.
- Alteraciones, enfermedades o anomalías en la futura madre.
- Abortos reiterados.
- Fracasos en procesos de fecundación intrauterina.
- Contraindicación médica.
- Histerectomía.
- Fallos en implantación embrionaria.
- Hipertensión o problemas pulmonares.
- En las mujeres solteras, o parejas lesbianas también suelen recurrir a esta práctica, con un donante masculino aportando su material genético.
Y por su parte, los hombres solteros y parejas masculinas homosexuales utilizan la gestación subrogada, para poder tener un hijo biológico aportando sus espermatozoides.
Gestación subrogada en España
La Ley española no acepta la gestación subrogada y considera que la mujer que tiene un hijo se considera de forma legal como la madre legal del bebé.
Por esta razón las personas o parejas que necesitan este método para poder tener a su hijo deben recurrir a centros de salud de países extranjeros donde se realizan estos métodos reproductivos, como Estados Unidos, Canadá, Ucrania, Rusia, entre otros. Cada país establece su legislación al respecto referida a la gestación subrogada.
Ciertas legislaciones del extranjero permiten solo ciertos tipos familiares, otros exigen que sean los futuros padres los donantes de gametos, etc. Por eso, quienes deban recurrir a estos métodos reproductivos, deben conocer cómo es la normativa en cada estado antes de iniciar un proceso, evitando futuros inconvenientes.
Ingreso del recién nacido al país
Después del nacimiento del niño en un país extranjero habiéndose realizado una gestación subrogada, deben volver al país los padres con el recién nacido. Deberán obtener la ciudadanía en el país que realizó el proceso, para a continuación conseguir el pasaporte que les permita viajar con sus padres a nuestro país.
Si el proceso se hubiera realizado en República Checa, donde suele hacerse, no será necesario obtener ningún documento de viaje por tratarse de un espacio Schengen, en el que no hay controles fronterizos.
A continuación, se deben regularizar los procesos de filiación y adopción en España para terminar de regularizar la situación del menor.
Alta del niño en la Seguridad Social
El primer paso que debe cumplimentarse es dar el alta del niño recién nacido en la Seguridad Social. Se puede cumplimentar la solicitud con un formulario online. Se necesita el DNI electrónico, una clave, y el certificado de nacimiento escaneado del bebé.
Así, se establece un registro del niño y un número de Seguridad Social, que será presentado en los Centros de Salud para tener su libreta sanitaria.
Reconocimiento de la filiación por gestación subrogada
El 18 de mayo de 2021, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos resolvió una demanda que involucra a una pareja casada del mismo sexo que posteriormente se divorció.
Es una decisión que se destaca porque:
- Se posiciona sobre la relación jurídica que se establece entre el hijo y sus padres en el status jurídico que se cumple con los hijos biológicos.
- Enfoca la gestación por sustitución en clave de género, como una forma nueva de filiación.
- Desmitifica la relevancia del parentesco biológico por el respeto a la vida privada y familiar de las personas.
La decisión de TEDH confirma la libertad con que cuentan los estados para regular las consecuencias jurídicas de los contratos de gestación subrogada en sus territorios, legitimando el mantenimiento de las normas de filiación tradicionales, aunque la excepción de orden público puede plantearse.
En tanto que admite que las autoridades deben garantizar el reconocimiento de las relaciones de hecho entre padres e hijos nacidos por maternidad subrogada internacional mediante vías legales alternativas.
Respecto a un futuro, las previsiones no son muy optimistas en cuanto a la flexibilización de las leyes respecto a la gestación subrogada, pero gracias a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), los niños tienen garantizado su derecho a la Sanidad y a la Educación y los procesos de maternidad en este sentido son completamente seguros.
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