Artículo 32 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor

Artículo 32. Ámbito de aplicación y alcance.

Este sistema tiene por objeto valorar todos los perjuicios causados a las personas como consecuencia del daño corporal ocasionado por hechos de la circulación regulados en esta Ley.

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