Libertad vigilada

​​​​La libertad vigilada es una medida de seguridad no privativa de libertad que se impone a quien haya cometido un ilícito, con miras a lograr su reinserción social.

Es un medio de control judicial que puede dictarse de tres maneras diferentes:

¿Buscas abogado especialista en derecho penal?

Te ayudamos a encontrar abogado penalista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado penalista

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado

Regulación de la libertad vigilada en el Código Penal español

Esta medida de seguridad consiste en la imposición de un conjunto de reglas de conducta que incluyen obligaciones, prohibiciones y limitaciones, estipuladas en el Código Penal español.

El artículo 106 del mismo recoge esas reglas y las presenta en un listado, del cual el tribunal o juez será el encargado de definir cuáles son aplicables dependiendo de cada caso.

Dicho conjunto de reglas determina que el vigilado tendrá que:

  • Estar siempre localizable, facilitando su seguimiento por medio de dispositivos electrónicos.
  • Presentarse ante el tribunal o juez, de forma periódica, en el lugar que este defina.
  • Informar los cambios de lugar de trabajo o de residencia de manera inmediata.
  • Contar con la autorización del juez para ausentarse de su residencia o territorio.
  • Abstenerse de acercarse a la víctima o a las personas que indique el tribunal.
  • Abstenerse de residir o asistir a los sitios que el juez establezca.
  • No llevar a cabo las actividades que le faciliten la comisión de delitos similares a los ya cometidos.
  • Participar en los programas educativos, laborales, formativos y demás que considere el tribunal.
  • Cumplir con controles médicos y acatar los tratamientos.

Con respecto a la libertad vigilada establecida, le corresponderá al tribunal o juez:

  1. Modificar el conjunto de reglas de acuerdo con las particularidades de cada caso.
  2. Dar por terminada la medida o disminuir su duración, dada una reinserción social positiva, resultando excesivo o prescindible el conjunto de reglas impuestas.

Casos en los que se impone la libertad vigilada

En términos de su aplicación, esta medida de seguridad está dirigida a tres situaciones específicas: la inimputabilidad, la semiimputabilidad y la peligrosidad del sindicado.

  1. Inimputabilidad: se refiere a la incapacidad de una persona para ser considerada penalmente responsable de sus acciones. Entre otras cosas, debido a que carece de capacidad para entender la ilicitud de sus actos. Entre los  sujetos inimputables están los menores de 14 años y los enfermos mentales.
  2. Semiimputabilidad: cuando la capacidad de comprensión se ve disminuida, la responsabilidad penal también se reduce, pero no se elimina por completo. Esto se aplica en el caso de aquellos que delinquen bajo la influencia de sustancias ilícitas o alcohol.
  3. Grado de peligrosidad: es necesario determinarlo en personas vigiladas cuya peligrosidad necesite control judicial, posterior al cumplimiento de la pena privativa de la libertad. En este caso, la libertad vigilada se decidirá en sentencia junto a la pena de prisión para ser cumplida luego de la excarcelación.

En cualquiera de estas situaciones, el tribunal sentenciador valorará los informes emitidos por los profesionales responsables de asistir al condenado. Con base en los cuales definirá el tiempo de la libertad vigilada, que puede ser menor de 5 años y máximo de 10.

Este periodo de tiempo se fija con el objetivo de lograr la rehabilitación del infractor, mientras que se protege a las víctimas.

Incumplimiento del conjunto de reglas impuesto

Si el proscrito llegará a incumplir una o varias de las reglas impuestas por el tribunal, el mismo podrá modificarlas. En caso de incumplimiento reiterado o grave que demuestra la falta de voluntad del infractor de acatar lo acordado, el juez se acogerá al Código Penal.

Según esta norma, el inculpado se enfrentará a una multa de 12 a 24 meses y, en algunos casos, a una pena privativa de la libertad de 6 meses a un año.

Varias penas privativas, varias medidas de libertad vigilada

En el supuesto de que el sujeto deba cumplir con varias penas de prisión que conlleven libertad vigilada, al cumplir las primeras deberá acatar las segundas. Las medidas de libertad vigilada se podrán ejecutar simultáneamente o, en su defecto, de manera sucesiva.

El juez de vigilancia penitenciaria es a quien corresponde dar aviso al tribunal sentenciador de que la pena de prisión llegará a su fin. Esto tiene la finalidad de que el juez pueda fijar el conjunto de reglas que deberá seguir el inculpado a lo largo de la libertad vigilada, pudiendo en lo sucesivo establecer los cambios que considere.

Elementos de la libertad vigilada

La libertad vigilada está compuesta por una serie de atributos que la definen. A continuación, sus elementos más representativos.

  • Supervisión: el condenado está supeditado a la supervisión constante de un equipo de profesionales. Este equipo podrá estar compuesto por educadores, trabajadores sociales, psicólogos y psiquiatras, entre otros.
  • Condiciones y restricciones: como la obligación de participar en programas de reintegración, la prohibición de acercarse a ciertas personas o lugares y la imposición de medidas que ayuden a prevenir la reincidencia.
  • Propósito rehabilitador y de reinserción: la libertad vigilada se concibe como una medida orientada a la rehabilitación y reinserción social del individuo. Su finalidad es la de dar la oportunidad de cumplir condena fuera de la prisión, mientras se recibe apoyo y seguimiento.
  • Medida dual: se le considera una medida dual, ya que puede ser impuesta como una pena independiente o como parte de una condena más amplia.

Conclusión

La libertad vigilada no debe ser vista como una medida que exime de sanción penal, sino como una pena que no priva de la libertad. Pues el condenado sí cumple con un castigo, pero fuera de la prisión. Dicha pena será entonces el conjunto de obligaciones, limitaciones y prohibiciones que el sujeto deberá acatar bajo la supervisión y el control de las autoridades.

Así las cosas, la finalidad de este tipo de disposiciones no es otra que la reducción de la criminalidad por medio de una reintegración progresiva y guiada, acorde a la realidad de cada penado.

¿Buscas abogado especialista en derecho penal?

Te ayudamos a encontrar abogado penalista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado penalista

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado