Artículo 529 quáter de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 529 quáter. Asistencia a las reuniones.

1. Los consejeros deben asistir personalmente a las sesiones que se celebren.

2. No obstante lo anterior, los consejeros podrán delegar su representación en otro consejero. Los consejeros no ejecutivos solo podrán hacerlo en otro no ejecutivo.

art 529 quáter lsc

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