Artículo 452 de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 452. Aumento del capital social por encima del límite máximo.

(Derogado)

art 452 lsc

Tras la actualización publicada el 29/09/2022, que entró en vigor el 19/10/2022, se deroga este artículo por el art. 2.6 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre. Anteriormente, decía lo siguiente:

Si los socios acordaren aumentar el capital social por encima del límite máximo establecido en esta ley, deberán asimismo establecer si optan por la transformación de la sociedad nueva empresa en cualquier otro tipo social o si continúan sus operaciones en forma de sociedad de responsabilidad limitada.

Artículo 452 - Derogado con efectos desde el 19/10/2022

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