Artículo 199. Mayoría legal reforzada.
Por excepción a lo dispuesto en artículo anterior:
a) El aumento o la reducción del capital y cualquier otra modificación de los estatutos sociales requerirán el voto favorable de más de la mitad de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social.
b) La autorización a los administradores para que se dediquen, por cuenta propia o ajena, al mismo, análogo o complementario género de actividad que constituya el objeto social; la supresión o la limitación del derecho de preferencia en los aumentos del capital; la transformación, la fusión, la escisión, la cesión global de activo y pasivo, y la exclusión de socios requerirán el voto favorable de, al menos, dos tercios de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social.
art 199 lsc
Tras la actualización publicada el 29/06/2023, con entrada en vigor el 30/06/2023, se modifica la letra b) por la disposición final 3.3 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio. Antes, decía lo siguiente:
b) La autorización a los administradores para que se dediquen, por cuenta propia o ajena, al mismo, análogo o complementario género de actividad que constituya el objeto social; la supresión o la limitación del derecho de preferencia en los aumentos del capital; la transformación, la fusión, la escisión, la cesión global de activo y pasivo y el traslado del domicilio al extranjero, y la exclusión de socios requerirán el voto favorable de, al menos, dos tercios de los votos correspondientes a las participaciones en que se divida el capital social.
Artículo 199.b) - Modificado con efectos desde el 30/06/2023
- Ley de Sociedades de Capital
- CAPÍTULO VII. Constitución de la junta y adopción de acuerdos
- Sección 3.ª Adopción de acuerdos
- Subsección 1.ª Votación de acuerdos
- Subsección 2.ª Mayorías en la sociedad de responsabilidad limitada
- Artículo 198. Mayoría ordinaria.
- Artículo 199. Mayoría legal reforzada.
- Artículo 200. Mayoría estatutaria reforzada.
- Subsección 3.ª Mayorías en la sociedad anónima
- Sección 3.ª Adopción de acuerdos
- CAPÍTULO VII. Constitución de la junta y adopción de acuerdos
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