Artículo 58. Contenido de las cédulas.
1. Las cédulas contendrán los siguientes requisitos:
a) El juez, tribunal o secretario judicial que haya dictado la resolución, la fecha de ésta y el asunto en que haya recaído.
b) El nombre y apellidos de la persona a quien se haga la citación o emplazamiento.
c) El objeto de la citación o emplazamiento.
d) Lugar, día y hora en que deba comparecer el citado, o el plazo dentro del cual deba realizarse la actuación a que se refiera el emplazamiento.
e) La prevención de que si no comparece le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
f) Fecha de expedición de la cédula y firma.
2. La entrega de la copia de la resolución o de la cédula se documentará por medio de diligencia en la que se hará constar:
a) Fecha de la diligencia.
b) Nombre de la persona destinataria.
c) Nombre y firma de la persona a quien se haya hecho la entrega y, si no fuere el interesado, su número del documento nacional de identidad en el caso de españoles o su número de identidad reflejado en la documentación equivalente y que acredite la identidad y nacionalidad del interesado en el caso de extranjeros, domicilio y relación con el destinatario.
d) Firma del funcionario o encargado de documentar la entrega.
art 58 lrjs
- Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
- LIBRO PRIMERO. Parte general
- TÍTULO IV. De los actos procesales
- CAPÍTULO III. De los actos de comunicación
- Artículo 53. Indicación del lugar de las comunicaciones.
- Artículo 54. Tiempo de la comunicación.
- Artículo 55. Lugar de las comunicaciones.
- Artículo 56. Comunicaciones fuera de la oficina judicial.
- Artículo 57. Reglas subsidiarias para las comunicaciones.
- Artículo 58. Contenido de las cédulas.
- Artículo 59. Comunicación edictal.
- Artículo 60. Inadmisibilidad de respuestas en las comunicaciones. Supuestos especiales de comunicación.
- Artículo 61. Nulidad de las comunicaciones.
- Artículo 62. Competencia del secretario judicial para la remisión de oficios, mandamientos y exhortos.
- CAPÍTULO III. De los actos de comunicación
- TÍTULO IV. De los actos procesales
- LIBRO PRIMERO. Parte general
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