Artículo 305. Aplicación de las normas de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Las sentencias favorables al trabajador o beneficiario que no puedan ser ejecutadas provisionalmente conforme a esta Ley podrán serlo en la forma y condiciones establecidas en la legislación procesal civil.
art 305 lrjs
- Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
- LIBRO CUARTO. De la ejecución de sentencias
- TÍTULO II. De la ejecución provisional
- CAPÍTULO V. Normas comunes a la ejecución provisional
- Artículo 304. Competencia, medidas cautelares e impugnación de la ejecución provisional.
- Artículo 305. Aplicación de las normas de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- CAPÍTULO V. Normas comunes a la ejecución provisional
- TÍTULO II. De la ejecución provisional
- LIBRO CUARTO. De la ejecución de sentencias
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