Artículo 298. Petición de ejecución provisional por parte del trabajador.
Si en virtud de lo dispuesto en el artículo anterior se presentase petición del trabajador, por escrito o por comparecencia, con el fin de exigir del empresario el cumplimiento de aquella obligación o solicitud de éste para que aquél reanude la prestación de servicios, el juez o Sala, oídas las partes, resolverá lo que proceda.
art 298 lrjs
- Ley Reguladora de la Jurisdicción Social
- LIBRO CUARTO. De la ejecución de sentencias
- TÍTULO II. De la ejecución provisional
- CAPÍTULO III. De las sentencias de despido
- Artículo 297. Ejecución provisional de la sentencia que declare la improcedencia o nulidad del despido.
- Artículo 298. Petición de ejecución provisional por parte del trabajador.
- Artículo 299. Incumplimiento del trabajador del requerimiento empresarial de readmisión.
- Artículo 300. Revocación de la sentencia favorable al trabajador.
- Artículo 301. Anticipos reintegrables.
- Artículo 302. Despido de representante de los trabajadores.
- CAPÍTULO III. De las sentencias de despido
- TÍTULO II. De la ejecución provisional
- LIBRO CUARTO. De la ejecución de sentencias
¿Buscas abogado especialista en derecho laboral?
Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.
Buscar abogado laboralistaEscoge en qué zona de España quieres buscar abogado:
Consultar abogado