Para que puedan ser inscritos los títulos expresados en el artículo anterior, deberán estar consignados en escritura pública, ejecutoria o documento auténtico expedido por Autoridad judicial o por el Gobierno o sus Agentes, en la forma que prescriban los reglamentos.
art 3 lh
- Ley Hipotecaria
- Título I. Del Registro de la Propiedad y de los títulos sujetos a inscripción
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Título I. Del Registro de la Propiedad y de los títulos sujetos a inscripción