Para ser nombrado Registrador se requiere:
Primero. Ser español, varón y mayor de veintitrés años de edad.
Segundo. Ser Licenciado en Derecho.
art 279 lh
- Ley Hipotecaria
- Título XI. De la demarcación de los Registros y del nombramiento, cualidades y deberes de los Registradores