Artículo 136 de la Ley Hipotecaria

Las inscripciones y cancelaciones de las hipotecas se sujetarán a las reglas establecidas en los títulos segundo y cuarto para las inscripciones y cancelaciones en general, sin perjuicio de las especiales contenidas en este título.

art 136 lh

El artículo 136 hace referencia a las inscripciones y cancelaciones de las hipotecas.

El artículo 136 de la Ley Hipotecaria forma parte del título dedicado a las hipotecas: