Artículo 130 de la Ley Hipotecaria

El procedimiento de ejecución directa contra los bienes hipotecados sólo podrá ejercitarse como realización de una hipoteca inscrita, sobre la base de aquellos extremos contenidos en el título que se hayan recogido en el asiento respectivo sólo podrá ejercitarse como realización de una hipoteca inscrita, sobre la base de aquellos extremos contenidos en el título que se hayan recogido en el asiento respectivo.

art 130 lh

Este artículo hace referencia al procedimiento de ejecución directa contra los bienes hipotecados.

El artículo 130 de la Ley Hipotecaria forma parte del título dedicado a las hipotecas: