Artículo 109 de la Ley Hipotecaria

La hipoteca se extiende a las accesiones naturales, a las mejoras y al importe de las indemnizaciones concedidas o debidas al propietario por razón de los bienes hipotecados.

art 109 lh

El artículo 109 establece que la hipoteca se extiende a las accesiones naturales, a las mejoras y al importe de las indemnizaciones.

El artículo 109 de la Ley Hipotecaria forma parte del título dedicado a las hipotecas: