Artículo 756. Ámbito de aplicación y competencia.
1. En los supuestos en los que, de acuerdo con la legislación civil aplicable, sea pertinente el nombramiento de curador y en el expediente de jurisdicción voluntaria dirigido a tal efecto se haya formulado oposición, o cuando el expediente no haya podido resolverse, la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad se regirá por lo establecido en este Capítulo.
2. Será competente para conocer de las demandas sobre la adopción de medidas de apoyo a personas con discapacidad la autoridad judicial que conoció del previo expediente de jurisdicción voluntaria, salvo que la persona a la que se refiera la solicitud cambie con posterioridad de residencia, en cuyo caso lo será el juez de primera instancia del lugar en que esta resida.
3. Si antes de la celebración de la vista se produjera un cambio de la residencia habitual de la persona a que se refiera el proceso, se remitirán las actuaciones al Juzgado correspondiente en el estado en que se hallen.
art 756 lec
Este artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) hace referencia al ámbito de aplicación y competencia.
Tras la actualización publicada el 03/06/2021 que entró en vigor el 03/09/2021, se modifica este artículo por el artículo 4.13 de la Ley 8/2021, de 2 de junio. Anteriormente, decía lo siguiente:
Será competente para conocer de las demandas sobre capacidad y declaración de prodigalidad el Juez de Primera Instancia del lugar en que resida la persona a la que se refiera la declaración que se solicite.
Artículo 756 - Modificado con efectos desde el 03/09/2021
- Ley de Enjuiciamiento Civil
- Libro IV. De los procesos especiales
- Título I: De los procesos sobre provisión de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores
- Capítulo II: De los procesos sobre la adopción de medidas judiciales de apoyo a personas con discapacidad
- Título I: De los procesos sobre provisión de medidas judiciales de apoyo a las personas con discapacidad, filiación, matrimonio y menores
- Libro IV. De los procesos especiales