Artículo 462. Competencia del tribunal de la primera instancia durante la apelación.
Durante la sustanciación del recurso de apelación, la jurisdicción del tribunal que hubiere dictado la resolución recurrida se limitará a las actuaciones relativas a la ejecución provisional de la resolución apelada.
art 462 lec
- Ley de Enjuiciamiento Civil
- Libro II. De los procesos declarativos
- Título IV: De los recursos
- Capítulo III: Del recurso de apelación y de la segunda instancia
- Sección II: De la sustanciación de la apelación
- Artículo 457 (Sin contenido)
- Artículo 458
- Artículo 459
- Artículo 460
- Artículo 461
- Artículo 462
- Artículo 463
- Artículo 464
- Artículo 465
- Artículo 466
- Artículo 467
- Sección II: De la sustanciación de la apelación
- Capítulo III: Del recurso de apelación y de la segunda instancia
- Título IV: De los recursos
- Libro II. De los procesos declarativos