Artículo 407. Destinatarios de la demanda reconvencional. Contestación a la reconvención.
1. La reconvención podrá dirigirse también contra sujetos no demandantes, siempre que puedan considerarse litisconsortes voluntarios o necesarios del actor reconvenido por su relación con el objeto de la demanda reconvencional.
2. El actor reconvenido y los sujetos expresados en el apartado anterior podrán contestar a la reconvención en el plazo de veinte días a partir de la notificación de la demanda reconvencional. Esta contestación se ajustará a lo dispuesto en el artículo 405.
art 407 lec
El artículo 407 hace referencia a los destinatarios de la demanda reconvencional y a la contestación de la reconvención.
El artículo 407 de la Ley de Enjuiciamiento Civil forma parte del título dedicado al juicio ordinario:
- Ley de Enjuiciamiento Civil
- Libro II. De los procesos declarativos
- Título II: Del juicio ordinario
- Capítulo I: De las alegaciones iniciales
- Sección II: De la contestación a la demanda y la reconvención
- Artículo 405
- Artículo 406
- Artículo 407
- Artículo 408
- Artículo 409
- Sección II: De la contestación a la demanda y la reconvención
- Capítulo I: De las alegaciones iniciales
- Título II: Del juicio ordinario
- Libro II. De los procesos declarativos