Artículo 239. Exclusión de la caducidad de la instancia en la ejecución.
Las disposiciones de los artículos que preceden no serán aplicables en las actuaciones para la ejecución forzosa.
Estas actuaciones se podrán proseguir hasta obtener el cumplimiento de lo juzgado, aunque hayan quedado sin curso durante los plazos señalados en este Título.
art 239 lec
- Ley de Enjuiciamiento Civil
- Libro I. De las disposiciones generales relativas a los juicios civiles
- Título VI: De la cesación de las actuaciones judiciales y de la caducidad de la instancia
- Artículo 236
- Artículo 237
- Artículo 238
- Artículo 239
- Artículo 240
- Título VI: De la cesación de las actuaciones judiciales y de la caducidad de la instancia
- Libro I. De las disposiciones generales relativas a los juicios civiles