Artículo 805 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Si la querella fuere por injuria o calumnia vertidas en juicio, será necesario acreditar, además, la autorización del Juez o Tribunal ante quien hubiesen sido inferidas.

Esta autorización no se estimará prueba bastante de la imputación.

art 805 lecrim

El artículo 805 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal española hace referencia a los delitos de injuria y calumnia.

En este caso concreto se centra en la necesidad de acreditar una autorización de un juez o un tribunal si estas han sido pronunciadas en un juicio.

El artículo 805 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal forma parte del título dedicado al procedimiento por delitos de injuria y calumnia contra particulares.

¿Buscas abogado especialista en derecho penal?

Te ayudamos a encontrar abogado penalista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado penalista

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado