Artículo 645 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Si se presentare querellante particular a sostener la acción, o cuando el Ministerio fiscal opine que procede la apertura del juicio oral, podrá el Tribunal, esto no obstante, acordar el sobreseimiento a que se refiere el número 2.º del artículo 637 si así lo estima procedente.

En cualquier otro caso no podrá prescindir de la apertura del juicio.

art 645 lecrim

Este artículo hace referencia a ciertos casos en los que el Tribunal podrá acordar el sobreseimiento libre cuando el hecho no sea constitutivo de delito.

¿Buscas abogado especialista en derecho penal?

Te ayudamos a encontrar abogado penalista de confianza en tu zona. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado penalista

Escoge en qué zona de España quieres buscar abogado:

Consultar abogado