El Secretario dará fe de todo lo que ocurriere en el acto del careo y de las preguntas, contestaciones y reconvenciones que mutuamente se hicieren los careados, así como de lo que se observare en su actitud durante el acto; y firmará la diligencia con todos los concurrentes, expresando, si alguno no lo hiciere, la razón que para ello alegue.
art 453 lecrim
- Ley de Enjuiciamiento Criminal
- Libro II. Del sumario
- Título V. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente
- Capítulo VI: Del careo de los testigos y procesados
- Artículo 451
- Artículo 452
- Artículo 453
- Artículo 454
- Artículo 455
- Capítulo VI: Del careo de los testigos y procesados
- Título V. De la comprobación del delito y averiguación del delincuente
- Libro II. Del sumario
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